OBSERVATORIO VENEZOLANO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES

COMUNICADO

El Observatorio venezolano de los derechos humanos de las mujeres,

CONSIDERANDO

Que entre los 30 derechos humanos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se encuentran el derecho a la libertad de opinión y expresión, el derecho a la reunión y asociación, y el derecho de la ciudadanía a participar en el gobierno de su país, de forma directa o a través de representantes elegidos libremente.

CONSIDERANDO

Que la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la participación de la mujer en la política (A/RES/66/130) de 2011, la Convención Interamericana sobre la Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belém do Pará, entre otros instrumentos, destacan la importancia crucial de la participación política de las mujeres en todos los contextos. Y en consecuencia, la conciencia y el reconocimiento de la participación de la mujer en el proceso político a nivel comunitario, local, nacional e internacional.

CONSIDERANDO

Que la participación directa de la ciudadanía en la toma de decisiones y la adopción de medidas gubernamentales que afectan a la colectividad en general es además una de las manifestaciones del ejercicio de la soberanía del pueblo, como elemento fundamental de un régimen democrático.

ACUERDA

Que uno de los medios de participación directa de la ciudadanía es la consulta popular, cuyos resultados deben ser vinculantes para los poderes públicos, tal como lo establece expresamente el artículo 70 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Exhortar a la ciudadanía en general, y en particular a todas las organizaciones venezolanas que promueven los derechos humanos de las mujeres, a participar en la consulta popular convocada por la Asamblea Nacional, y que se celebrará entre los días 5 y 12 de diciembre de 2020.

Tal y como ha sido difundido oficialmente, dicha consulta incluye preguntar al pueblo venezolano si apoyan “todos los mecanismos de presión nacional e internacional para que, en el marco de la Constitución, se realicen elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables”. Asimismo, “si rechazan o no las elecciones legislativas convocadas para el 6 de diciembre, o para cualquier otra fecha, mientras no existan condiciones para elecciones libres”.

La consulta popular se realizará en dos etapas: una virtual o telemática, entre el 5 y el 12 de diciembre de 2020, y una presencial, el 12 de diciembre de 2020.

Cualquiera que sea su resultado, el Observatorio venezolano de los los derechos humanos de la mujeres considera que dicha consulta popular tendrá consecuencias fundamentales para el futuro de la democracia en nuestro país, con importantes repercusiones en el ámbito de los derechos humanos.

Es por ello que manifestamos adicionalmente nuestro llamado a todos los órganos del poder público para que colaboren y garanticen que la mencionada consulta popular se lleve a cabo sin contratiempos y en un ambiente totalmente libre de presiones y democrático.

Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres

Caracas a los nueve (9) días del mes de noviembre de 2020